Auto Supremo AS/0857/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2018

Fecha: 05-Sep-2018

d) Se evidenció que los demandantes no poseen derecho alguno que respalde su estadía en

d) Se evidenció que los demandantes no poseen derecho alguno que respalde su estadía en el inmueble y por ende de acuerdo al art. 984 del Código Civil, quien con un hecho doloso o culposo, ocasiona a alguien un daño injusto, queda obligado al resarcimiento del mismo. e) Al no observarse el alcance de lo previsto por el art. 1029 del Código Civil, los demandantes carecían de legitimación para accionar la presente demanda. f) Respecto a la nulidad acusada y al conocimiento que debía tener el gobierno municipal se evidencia que se corrió con traslado a la misma