Auto Supremo AS/0857/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2018

Fecha: 05-Sep-2018

De donde se tiene que su reclamo ya fue respondido por el Tribunal de

Al respecto el Auto de Vista en el inciso b) ha considerado que: “Susana Aliaga de Guzmán era capaz de comprender los actos jurídicos realizados por ella, consecuentemente, siendo que la minuta y acta de reconocimiento de firmas y rúbricas fueron protocolizados y elevados a la categoría de Escritura Pública por ante el Notario de Fe Pública Dr. René Quiroga Vargas, dicho negocio jurídico adquirió la calidad de instrumento público sin haber sido eventualmente tachado de nulo por los suscribientes”.
De donde se tiene que su reclamo ya fue respondido por el Tribunal de alzada