Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0865/2018-RRC
Fecha: 25-Sep-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2017, cursante 1447 a 1454, Ramiro
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 65/2015 de 26 de agosto (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 455/2018-RA de 29 de junio,
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El recurrente refiere que los Vocales lejos de cumplir lo ordenado en el Auto Supremo
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita se case el Auto de vista y deliberando en el fondo se
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
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Por Sentencia 65/2015 de 26 de agosto, el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental
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II.2. De las apelaciones restringidas
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Alexander Dorado Contreras
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Señala que la Sentencia incurrió en errónea aplicación de la Ley sustantiva de conformidad a
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Refiere que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art
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De la misma manera, expresa que se incurrió en el defecto comprendido en el art
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También precisa que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art
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Elena Siles Rojas y Edgar Cosme Yujra
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También, expresa que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art 370 inc
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Desarrolla diferentes defectos que en el criterio de los recurrentes debe observar el Tribunal de
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Negativa de la producción de pruebas extraordinarias
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Violación de derechos y garantías constitucionales
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Fundamento legal dolo, premeditación, alevosía y ensañamiento
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Violación de derechos y garantías de las víctimas
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Violación al principio de continuidad
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Violación del principio de publicidad, violación del principio de imparcialidad
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Negativa de otorgarle mandamientos de aprehensión
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II.3. Del primer Auto de Vista 38/2016 de 20 de abril
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La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de
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En el sexto considerando del Auto de Vista hoy impugnado, el Tribunal de apelación argumentó
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II.4. Del Auto Supremo 234/2017-RRC de 21 de marzo
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En cuanto a la denuncia de revaloración probatoria
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Conforme la doctrina legal aplicable emitida por el precedente invocado por el recurrente, se tiene
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Esta revaloración probatoria realizada por el Ad quem, viola el principio de inmediación, el cual
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En el octavo considerando de la resolución impugnada, el Tribunal de apelación de manera indudable,
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Corresponde aclarar en este punto, que evidentemente el Tribunal de apelación podría dictar nueva sentencia
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Estableciéndose que es evidente que el Tribunal de apelación incurrió en contradicción con la doctrina
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II.5. Del Auto de Vista impugnado
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Refiere, que el principio de la verdad material consagrado por la Constitución Política del Estado,
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También, se estableció que el imputado se encontraba debidamente individualizado y se observó que en
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Por lo señalado, refiere que con relación a la situación jurídica de Ramiro Aguirre Salazar
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En el presente recurso de casación, el recurrente denuncia que el nuevo Auto de Vista,
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III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
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Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
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De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
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Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2.Sobre la prohibición del tribunal de apelación para revalorizar prueba
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La problemática planteada en este recurso ha sido objeto de tratamiento en múltiples ocasiones por
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Según esta doctrina es contrario a un debido proceso que el Tribunal de apelación, conociendo
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La determinación en qué supuestos se vulnera el referido derecho fundamental, se da cuando la
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III
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En la eventualidad de aplicación divergente, de una misma norma en diversos casos o bien
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El ordenamiento jurídico boliviano en materia penal, establece claramente que los fallos del Tribunal Supremo
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El art
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En este ámbito, esta Sala emitió el Auto Supremo 037/2013-RRC, de 14 de febrero, invocado
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Respetando el principio constitucional de celeridad, los Tribunales y Jueces inferiores, están obligados a cumplir
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Por otra parte, ante la advertencia de falta de fundamentación en la Sentencia, que no
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III.4. Análisis del caso concreto
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Respecto del único motivo, en el que señala que se incurrió contradicción con el precedente
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Con relación a la temática planteada es preciso verificar los extremos vertidos en el precedente
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De esta doctrina legal establecida por el Auto Supremo 234/2017-RRC de 21 de marzo, se
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Que, respecto del delito de Asesinato, diremos que está previsto en el art
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Que, el delito de lesión seguida de muerte está prevista en el art
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En cuanto a la `intimidación´ que es el elemento substitutivo psicológico de la violencia física,
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En consecuencia, de los aspectos observados relacionados a la fundamentación del Auto de Vista que
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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