Auto Supremo AS/0895/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0895/2018-RA

Fecha: 27-Sep-2018

Respecto al segundo motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió


Respecto al segundo motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió en una fundamentación errónea; puesto que, no atendió de manera correcta su denuncia concerniente a la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva; toda vez, que concluyó “Razonamientos lógicos a los que arriba el tribunal y que sustentan la convicción sobre la autoría del acusado victoriano Condori Ramos, con respecto a la comisión del delito de uso de instrumento falsificado, encontrándose debidamente motivada su decisión; por lo que declara sin lugar el agravio”, cuando lo que reclamó como agravio no fue la falta de motivación; sino, el defecto de Sentencia contenido en el art. 370 inc. 1) del CPP; al respecto, invocó los Autos Supremos 053/2016-RRC de 21 de enero, 256/2015-RRC de 10 de abril, 0495/2014 de 23 de septiembre y 608/2015-RCC de 11 de septiembre; sin embargo, se limitó a citarlos y realizar la transcripción de una parte de los precedentes; no observándose el trabajo de contraste; es decir, la explicación de contradicción en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, pues no basta con citar y transcribir parte de los Autos Supremos, sino que le correspondía al recurrente explicar, por qué considera que el Auto de Vista recurrido contradijo los entendimientos de los precedentes invocados, para que con esos insumos este Tribunal pueda ingresar a verificar si existe o no contradicción, lo que no ocurrió en el presente motivo