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    Auto Supremo AS/0908/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0908/2018

    Fecha: 13-Sep-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Miguel Ángel Pedregal Pardo e Isabel Celestina Montes de Pedregal
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por la parte demandada Andrea Pamela
    • Resolución que una vez puesta en conocimiento de las partes, dio lugar a que Magdalena
    • CONSIDERANDO II
    • 2
    • 4
    • Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista recurrido, en consecuencia se declare
    • La parte actora por memorial cursante de fs
    • El Auto de Vista de forma correcta señaló que el tema de discapacidad solo aparece
    • Que la recurrente de forma genérica señala los artículos 16 y 17 de la Ley
    • Manifiesta que ni la Sentencia ni el Auto de Vista son ultra petita por que
    • Alega que no es evidente que exista interpretación errónea del art
    • Por lo expuesto solicita que este Tribunal Supremo de Justicia declare Infundado el recurso de
    • CONSIDERANDO III
    • Del citado antecedente podemos concluir que al ser asemejado el recurso de casación a una
    • III.2. Del principio de congruencia
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • III.3 De los principios que rigen a las nulidades procesales
    • Principio de Trascendencia
    • Principio de convalidación
    • El principio de convalidación tiene íntima relación con el de preclusión, que tiene lugar cuando
    • Principio de Protección
    • La consecuencia más importante del principio de protección es que quien ha celebrado el acto
    • III.4. En relación al “per saltum”
    • Este Tribunal mediante el Auto Supremo Nº 158/2014 de fecha 17 de abril sobre la
    • Desde otro criterio doctrinario se tiene la ponencia presentada en la Universidad San Marcos de
    • En nuestro medio el aporte doctrinario de Carlos Morales Guillen, en su obra "CÓDIGO DE
    • La teorización sobre el principio de impugnación, establece el carácter de legitimación para recurrir y
    • Expuestos como están los fundamentos doctrinales que sustentan la presente resolución, a continuación corresponde considerar
    • 1
    • Sobre el referido reclamo y de la revisión de los antecedentes del proceso se tiene
    • 3
    • Al respecto se debe señalar que en relación a lo fundamentado en el punto III
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizú.

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