Auto Supremo AS/0526/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Para finalizar, es importante resaltar que esta incongruencia omisiva que se observa en el Auto

Para finalizar, es importante resaltar que esta incongruencia omisiva que se observa en el Auto de Vista impugnado, de igual manera restringe el pronunciamiento en el fondo del Recurso de Casación interpuesto, pues el Tribunal de Casación se ve impedido de ejercer un adecuado control de los fundamentos de vista, ya que al no estar resueltos la totalidad de los agravios, la fundamentación en relación a su procedencia o improcedencia es inexistente; resolver en sentido contario implicaría aplicar una auto restricción jurisprudencial para no ingresar al fondo de la problemática planteada denominada “per saltum”, al establecerse que los fundamentos del Recurso de Casación no fueron objeto de apelación en segunda instancia, lo que conllevaría a vulnerar la naturaleza jurídica del principio a la doble instancia, lo que por supuesto no sucedió en el caso de autos, pues los reclamos del Recurso de Casacón, fueron expuestos como agravios en el recurso de apelación; sin embargo, no todos fueron resueltos de manera congruente en el Auto de Vista, lo que una vez más justifica la nulidad de obrados, a los fines que el Tribunal de alzada se pronuncie en relación a todos los agravios denunciados, pero también lo haga de manera conveniente con los fundamentos que motivan cada agravio y dar una respuesta clara, precisa y completa al apelante