Auto Supremo AS/0526/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Por tal motivo, el análisis antes realizado, exime a este Tribunal de cierre a pronunciarse

Por tal motivo, el análisis antes realizado, exime a este Tribunal de cierre a pronunciarse en relación a los otros reclamos efectuados en el recurso de casación interpuesto, que hacen al fondo del mismo, por cuanto este Tribunal considera necesario que se rencause el procedimiento y previamente se proceda a resolver de manera fundada y motivada todos agravios denunciados en el recurso de apelación interpuesto por la fábrica demandada y que fueron observados en el recurso de casación que se resuelve; precisando que si bien el medio impugnativo no observa la falta de pronunciamiento en relación a la procedencia del pago del quinquenio a favor de la actora, se tiene que este agravio tampoco fue resuelto en el Auto de Vista impugnado, por lo cual le corresponde al Tribunal de alzada, bajo el principio de congruencia citado en los fundamentos jurídicos del fallo, resolver el mismo, al tener este Tribunal de Casación la obligación legal de anular obrados