En cuanto al error de hecho en la apreciación de la prueba y violación de
Bajo esos parámetros, es preciso analizar si el recurso de análisis, cumple con lo precedentemente señalado.
En cuanto al error de hecho en la apreciación de la prueba y violación de la ley sustantiva laboral, la recurrente señala que, el trabajo de auxiliar de biblioteca que desempeñaba en la institución académica demandada, sobrepasaba las cuarenta horas semanales diurnas establecidas por el art. 46 de la Ley General del Trabajo, debido a que las características de su función lo exigía, lo que a criterio suyo, demuestra que las horas extras demandadas, cumplían con el carácter de regularidad que exige el art. 11 del DS Nº 152 de 19 de abril de 1949, y por ello deben formar parte del promedio indemnizable. Por ello, considera que el Tribunal de alzada incurrió en error de hecho en la apreciación del contrato de trabajo referido, obteniendo conclusiones erróneas de su contenido, violando flagrantemente la ley laboral
En cuanto al error de hecho en la apreciación de la prueba y violación de la ley sustantiva laboral, la recurrente señala que, el trabajo de auxiliar de biblioteca que desempeñaba en la institución académica demandada, sobrepasaba las cuarenta horas semanales diurnas establecidas por el art. 46 de la Ley General del Trabajo, debido a que las características de su función lo exigía, lo que a criterio suyo, demuestra que las horas extras demandadas, cumplían con el carácter de regularidad que exige el art. 11 del DS Nº 152 de 19 de abril de 1949, y por ello deben formar parte del promedio indemnizable. Por ello, considera que el Tribunal de alzada incurrió en error de hecho en la apreciación del contrato de trabajo referido, obteniendo conclusiones erróneas de su contenido, violando flagrantemente la ley laboral
- La recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente
- El Tribunal de alzada, no valoró en el Reglamento Interno de UNIVALLE, al pretender justificar
- Las horas extraordinarias cuyo pago se demandó, tenían el carácter de regularidad pudiendo corroborarse tal
- Tampoco valoraron el art
- Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de la prueba y violación de
- Asimismo, acusa error de derecho en la apreciación de la prueba, al no haber valorado
- Al respecto, cabe reiterar lo señalado en el punto anterior, en sentido de que, la
- En ese entendido, el hacer referencia al Reglamento de la institución demandada, tampoco demuestra que
- Respecto a la inadecuada interpretación del art
- Del análisis precedente, se concluye que los argumentos de la recurrente, no son suficientes para
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
