Auto Supremo AS/0565/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0565/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Consecuentemente, en cumplimiento de los art

Consecuentemente, en cumplimiento de los art. 158, 159, 161 inc. a) del CPC estos hechos muestran que el Tribunal de alzada, evidentemente omitió valorar la prueba decisiva cursante a fs. 53 de obrados, literal que demuestra que la actora dio inicio a su relación laboral, en el cargo de “Asistente Comercial”, el 1 de julio de 2015, conforme fue demandado por la actora, constatándose que desempeñó su trabajo por el tiempo de un año y ocho días, aspecto que fue correctamente determinada por el Tribunal de primera instancia, consecuentemente, todos los beneficios y derechos sociales deben ser calculados sobre el sueldo promedio indemnizable y sobre la base del tiempo de 1 año y 8 días