Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0863/2019-RRC
Fecha: 01-Oct-2019
I.1.3. Petitorio
I.1.3. Petitorio
-
Por memorial presentado el 20 de febrero de 2019, Patricio Gonzales Cejas, de fs
-
Por Sentencia 06/2018 de 20 de junio (fs
-
I.1.1. Motivo del recurso de casación
-
Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 366/2019-RA de 16 de mayo,
-
Denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada, no fundamentó de manera pertinente las razones
-
I.1.3. Petitorio
-
I.2. Admisión del recurso
-
Mediante el Auto Supremo 366/2019-RA de 16 de mayo, se admitió dicho recurso de casación
-
II.1.De la Sentencia
-
Por Sentencia 06/2018 de 20 de junio, el Tribunal de Sentencia de Monteagudo del Tribunal
-
II.2.Apelación Restringida
-
La inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva; defecto de sentencia previsto por el
-
La valoración defectuosa de la prueba y violación de las reglas de la sana crítica
-
El defecto de sentencia previsto por el art
-
Se advierte que en el considerando primero, apartado 3, se hace una transcripción casi in
-
Se advierte que contra el ahora apelante, se habían iniciado sendos procesos penales por violación
-
Se advierte que el Tribunal A-quo procede a valorar todas y cada una de las
-
Lo que entiende el Tribunal de alzada, es que el apelante considera que el Tribunal
-
El recurso de casación formulado por Patricio Gonzales Cejas fue admitido por flexibilización de los
-
III.1. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
-
El art
-
Orlando A
-
El mismo autor citando a Joan Pico I
-
Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
-
III.2. Del derecho a la Defensa
-
(…) tiene un carácter dual ya que puede ser ejercido por el defensor y por
-
III.3. Del derecho al debido proceso
-
En lo relativo a la denuncia de defecto absoluto, por indebida motivación en la Sentencia,
-
III.4.Análisis del caso concreto
-
En aquel sentido se hace necesario efectuar la revisión de antecedentes con los que se
-
El apelante denunció la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva -art
-
En relación a ello, se evidencia que el Auto de Vista impugnado respecto a la
-
Por otro lado, se reclamó en restringida la valoración defectuosa de la prueba y violación
-
De aquello, se evidencia que el Tribunal de alzada otorga una respuesta justa, en relación
-
Finalmente el apelante denunció la inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la
-
De lo anterior, se establece que el Auto de Vista impugnado en relación a la
-
Por lo expuesto, este Tribunal establece que el Tribunal de alzada, circunscribió su resolución a
-
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
-
Regístrese, hágase saber y devuélvase
-
Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
Otros enlaces de interés: