Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0874/2019-RRC
Fecha: 01-Oct-2019
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Por memorial presentado el 28 de febrero de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Contra la mencionada Sentencia, los imputados Jhon Cristian Portugal Bautista (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 380/2019-RA de 23 de mayo, se
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Asimismo indica que el Tribunal de alzada fundamentó otro actuar al que en primera instancia
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Hace referencia al “DEFECTO ABSOLUTO EMERGENTE DE LA VULNERACIÓN DEL DEBIDO PROCESO en su vertiente
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita se admita su recurso de casación y posteriormente se deje sin efecto
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I.2. Admisión del recurso
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
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Por Sentencia 3/2018 de 7 de febrero, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
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“IV
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“PRUEBA DE CARGO DEL MINISTERIO PÚBLICO.- El Ministerio Público ha producido la siguiente prueba” (sic)
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“MP-PD28
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El recurso de apelación restringida, que antecede fue resuelto por Auto de Vista recurrido, emitido
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Este Tribunal advierte que en el caso de autos el Tribunal de juicio en el
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Una de las finalidades del Estado boliviano acorde al art
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En ese contexto constitucional, abordando esta vez, el núcleo esencial de la incongruencia y más
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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También, este Tribunal en forma continua y coherente, ha manifestado que las resoluciones emitidas por
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Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
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Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante
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De donde se establece, que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar
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III.2. Análisis del caso concreto
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El apelante en su recurso de alzada expresó que supuestamente se hubiera “dado muerte a
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El Tribunal de alzada respondió indicando que el apelante señala como norma habilitante el art
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Dicho ello, corresponde enfatizar que la denuncia en sentido que el Tribunal de juicio no
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III.2.3. Con relación al motivo segundo de casación
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A los efectos conforme a la denuncia expuesta en casación el recurrente acusa incongruencia omisiva,
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Dicho ello, corresponde enfatizar que la denuncia de que el Auto de Vista impugnado incurre
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Por lo tanto los argumentos del recurrente con relación a la denuncia de incongruencia
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Para finalizar, en esta línea de análisis, no se advierte la concurrencia de vulneraciones al
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Fdo
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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