Auto Supremo AS/0908/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0908/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

II.2. De la apelación restringida


Mediante la Sentencia 32/2016 de 17 de octubre, el Tribunal de instancia declaró a María Elena Cáceres cómplice de los delitos de Legitimación de Ganancias Ilícitas y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por la primera parte del art. 185 bis del CP, modificado por el art. 34 de la Ley 004 y la primera parte del art. 132 con relación al art. 23, todos del CP, imponiendo la pena de siete años de presidio, consistiendo el hecho sometido a juzgamiento, en que el 18 de noviembre de 2011, Alfredo Fernández Villca fue retenido contra su voluntad por no haber transportado 71 kilogramos de cocaína a la República de Chile, por encargo del acusado Alfredo Jaimes Mamani, siendo puesto el primero a disposición de Jorge Luis Damián Parra y otras personas para posteriormente ser liberado frente a las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) en la localidad de Qaqachaca, provincia Avaroa del departamento de Oruro.

Asimismo, la participación de María Elena Cáceres, adecuando su conducta a los hechos acusados, conforme lo reconocieron los testigos de cargo que eran funcionarios policiales encargados de la investigación, estriba en que no existe coherencia entre sus bienes y su actividad de labores de casa, estableciendo en consecuencia que colaboró para facilitar el hecho doloso perpetrado por su cónyuge.

II.2. De la apelación restringida