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    Auto Supremo AS/0912/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0912/2019-RRC

    Fecha: 14-Oct-2019

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    • Por memorial presentado el 16 de abril de 2019, cursante de fs
    • Por Sentencia 8/2018 de 22 de febrero (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 506/2019-RA de 25 de junio,
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante el Auto Supremo 506/2019-RA de 25 de junio, se admitió dicho recurso de casación
    • II.1.De la Sentencia
    • Posteriormente al estar bebiendo -el acusado y el novio de la víctima- , en un
    • II.2.Apelación Restringida
    • La violación al principio de congruencia, defecto de Sentencia previsto en el art
    • Respecto del requisito exigido por los arts
    • Respecto al primer motivo del recurso, se tiene que el impugnante sí ha procedido a
    • En relación al segundo motivo, si bien precisó como normas vulneradas los arts
    • Ahora bien y en cuanto se refiere al motivo tercero, en el que acusó como
    • En el caso precedente el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada: i) no ejerció
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • El art
    • La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2. Doctrina legal
    • III.2.1. Derecho de impugnación
    • La Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009, reconoce, entre
    • Por otro lado, la Constitución Política del Estado, proclama los principios constitucionales de verdad material
    • El principio pro actione, que a la luz de la presente problemática, está directamente vinculado con
    • Sobre este principio “pro actione” el Auto Supremo 201/2013-RRC de 2 de agosto de 2013,
    • III.2.2.  Requisitos para la interposición del recurso de apelación restringida
    • Deberá indicarse separadamente cada violación con sus fundamentos. Posteriormente, no podrá invocarse otra violación
    • Sobre esta norma el precedente citado por la parte recurrente como contradictorio, Auto Supremo 98/2013-RRC
    • A fin de no vulnerar la garantía del principio de impugnación por falta de requisitos
    • Por lo expuesto, no existe vulneración al principio pro actione cuando el Tribunal de alzada previo al
    • Ahora bien, el deber de fundamentación está íntimamente ligado y alcanza su mayor expresión en
    • En lo que al Tribunal de apelación se refiere, debe tenerse en cuenta que la
    • Además, es pertinente puntualizar que la parte procesal que alegue en apelación restringida la existencia
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III
    • En relación a la presente denuncia el recurrente invocó en calidad de precedente contradictorio al
    • Nuestro ordenamiento penal acoge el sistema de la Sana Crítica, pretendiendo explicar que sus contenidos
    • La máxima expresión del sistema emerge del juicio de mérito y se traduce en la
    • En un primer momento, a partir de la inmediación y de la percepción directa de
    • Al respecto, se puede evidenciar que del análisis del Auto Supremo desarrollado, la problemática procesal
    • Por lo referido, al haberse establecido que el precedente invocado no tiene situación de hecho
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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