Resolución de primera instancia que fue apelada por la representación de la Empresa “Suarez Equipamientos”,
Resolución de primera instancia que fue apelada por la representación de la Empresa “Suarez Equipamientos”, mediante el escrito que cursa en fs. 801 a 804 a cuyo efecto la Sala Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Publica Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el Auto de Vista N° 235/2019 de 17 de mayo, obrante de fs. 816 a 817 vta., CONFIRMO la sentencia mencionada, argumentando, entre otros que, la Sentencia de grado ha descrito las pruebas ofrecidas por el demandado y en sus fundamentos jurídicos ha analizado en su conjunto el material probatorio aportado, no habiendo tampoco el recurrente explicado cuales serían las pruebas específicamente no valoradas, cuál sería la valoración que considera debió haberse otorgado a las mismas y tampoco se ha expresado cual habría sido el resultado final del proceso a partir de dicha valoración presuntamente omitida; aspectos que no pueden ser deducidos por el Tribunal de apelación
- Proceso: Resolución de contrato
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por la representación de la Empresa “Suarez Equipamientos”,
- CONSIDERANDO II
- 4
- 7
- No cursa respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Sobre este tema el Auto Supremo Nº 493/2014 de fecha 04 de septiembre, ha expresado
- III.2.- De los requisitos y características de un recurso de casación
- Respecto al planteamiento del recurso de casación se tiene entre otros, el razonamiento expuesto en
- CONSIDERANDO IV
- Al respecto, cabe remitirnos a los lineamientos jurisprudenciales descritos en el punto III
- Situación que como se tiene dicho no acontece en este proceso, toda vez que todos
- Es por esta razón que, en el presente caso, carecen de sustento los argumentos expuestos
- En efecto, el recurrente se ciñe a replicar argumentos de su alzada vinculados a presuntos
- De igual manera, se tiene que el recurrente reitera el agravio de apelación donde refiere
- No se regula honorarios profesionales por no existir repuesta al recurso de casación
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
