Aclara que la transferencia emerge de los compromisos y obligaciones que el anuente Mario Horacio
Aclara que la transferencia emerge de los compromisos y obligaciones que el anuente Mario Horacio Gil Sosa adquirió con sus padres Javier Eid Guzmán y Amelia Bacherer de Eid consignado en el acuerdo transacción de fecha 30 de junio de 2009, deja constancia que en ningún momento le entregaron el plano de ubicación y uso de suelo para poder conocer los límites y colindancias del terreno adquirido lo que hizo imposible que se concluya con el trámite del derecho propietario, asimismo señala, que no se hizo la entrega de la posesión del inmueble, incumpliendo el vendedor con la obligación contenida en el art. 614 núm. 1 del Código Civil, expone que Ovidio Arteaga Lara no le extiende la minuta complementaria para poder inscribir su derecho propietario pese a que le solicitó ello en reiteradas ocaciones. Finaliza indicando que el vendedor recibió el pago del precio de la transferencia cumpliendo de esa manera su obligación contractual
- Gil Sosa
- CONSIDERANDO I
- Mantiene que el demandado Ovidio Arteaga Lara, una vez citado con la demanda respondió a
- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la impugnación deducida por la recurrente se extrae lo siguiente
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- Respuesta de Amelia Verónica Eid Bacherer
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- CONSIDERANDO III
- 1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- El Tribunal Constitucional Plurinacional ha glosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
- Es pertinente señalar que toda persona que acude ante la jurisdicción ordinaria para demandar según
- El Tribunal Constitucional a través de la Sentencia Constitucional Nº 1588/2011-R de 11 de octubre
- 2. De los actos propios
- El Auto Supremo Nº 591/2014 de 17 de octubre al respecto establece: “Conviene destacar la
- Asimismo, el Auto Supremo Nº 158/2014 de 14 de abril mantiene: “Por otra parte también
- El Auto de Vista No
- CONSIDERANDO IV
- Expuestos los fundamentos doctrinales que sustentan la presente resolución, corresponde considerar la impugnación en el
- Se tiene que los reclamos del recurrente contenidos en el considerando II son de exposición
- Para tener un panorama claro de la argumentación jurídica a desplegarse y que esta sea
- Aclara que la transferencia emerge de los compromisos y obligaciones que el anuente Mario Horacio
- Citado el co demandado Ovidio Arteaga Lara interpone acción reconvencional sobre resolución de contrato por
- Allanándose la demandante a la reconvención, la autoridad judicial ordeno se prosiga el proceso sobre
- Según la norma jurídica, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso razonamos, para el mundo jurídico
- En el presente caso tenemos que la demandante interpuso proceso sobre cumplimiento de contrato, citado
- Cabe aclarar que según el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
