Auto Supremo AS/1106/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1106/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Se tiene que los reclamos del recurrente contenidos en el considerando II son de exposición

Se tiene que los reclamos del recurrente contenidos en el considerando II son de exposición coincidente, en atención al principio de concentración procesal que en materia argumentativa permite en un solo fundamento absolver todos los agravios, así evitar un dispendio de argumentación jurídica reiterativa se desprende, que la impugnación deducida observa, que el Auto de Vista transgrede los arts. 339 y 568 del Código Civil, entendiendo que la demandante por memorial de fs. 45 a 51 demanda el cumplimiento de la obligación, sin demandar el resarcimiento del daño o el pago de interés convencional del seis por ciento anual, de determinarse la procedencia de la reconvención sobre resolución de contrato por imposibilidad sobreviniente, se entiende que el co demandado Ovidio Arteaga Lara tendría que devolver los $us. 20.000.- entregados por la demandante y esta devolver el terreno. Alega que al allanarse la actora a la reconvención, lo hace bajo los términos reconvenidos, por ello no corresponde el pago de los daños y perjuicios, el auto de vista al infringir la ley influyo sustancialmente en el fallo, pues de haberse percatado el tribunal Ad quem, que hubo imposibilidad sobreviniente no imputable al deudor el fallo sería distinto