Auto Supremo AS/1121/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1121/2019

Fecha: 22-Oct-2019

CONSIDERANDO II

Finalmente, con relación a la confesión practicada al demandante Juan Vela Vela y de la testifical de los ciudadanos René Terrazas Peñaranda, Ramiro Vladimir Hernández Ch., Prudencio Pucho Quenta, Gustavo Escalier y Eufemia Aramayo que refieren a que la alcaldía compró una cisterna para abastecer de agua a la población y que la alcaldía prestó servicios de bombeo a las instalaciones de la cooperativa demandante de vez en cuando, de ninguna manera desvirtúan el único punto de hecho a probar fijado para la reconvención, no habiéndose demostrado con prueba idónea la relación obligacional de ambas entidades respecto a la prestación de servicios de bombeo de agua por parte de la alcaldía de Tarabuco en favor de la cooperativa demandante, incumpliendo de esta forma con la regla establecida en el art. 136 del Código Procesal Civil.

CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA