CONSIDERANDO II
Finalmente, con relación a la confesión practicada al demandante Juan Vela Vela y de la testifical de los ciudadanos René Terrazas Peñaranda, Ramiro Vladimir Hernández Ch., Prudencio Pucho Quenta, Gustavo Escalier y Eufemia Aramayo que refieren a que la alcaldía compró una cisterna para abastecer de agua a la población y que la alcaldía prestó servicios de bombeo a las instalaciones de la cooperativa demandante de vez en cuando, de ninguna manera desvirtúan el único punto de hecho a probar fijado para la reconvención, no habiéndose demostrado con prueba idónea la relación obligacional de ambas entidades respecto a la prestación de servicios de bombeo de agua por parte de la alcaldía de Tarabuco en favor de la cooperativa demandante, incumpliendo de esta forma con la regla establecida en el art. 136 del Código Procesal Civil.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
- Durán
- CONSIDERANDO I
- 1
- 2
- En cuanto a la errónea valoración de la testifical y revisadas las mismas, se tiene
- CONSIDERANDO II
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
- 3
- De la respuesta al recurso de casación
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. Sobre el principio de comunidad de la prueba
- Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- III.2. De la verdad material
- Sobre el aludido principio este Tribunal Supremo de Justicia orientó en sus diversos fallos como
- CONSIDERANDO IV
- Sin perjuicio de lo mencionado y a manera de aclaración se debe señalar que si
- Por otro lado, el Tribunal que conoció la causa en primera instancia estableció que el
- Por otro lado, de las testificales de descargo a fs
- Consiguientemente, del análisis del total de la prueba de cargo como descargo y en base
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No se regula honorario profesional por ser institución del Estado
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
