-Ahora bien, del Testimonio Nº 1169/2010 de fecha 2 de diciembre de 2010 que cursa
-Ahora bien, del Testimonio Nº 1169/2010 de fecha 2 de diciembre de 2010 que cursa de fs. 81 a 86 vta., debemos señalar que del examen detallado de dicho documento que versa sobre una concesión de préstamo de dinero en moneda extranjera ($us. 60.000.-) que otorgó el Banco Los Andes Pro Credit S.A. en favor de los demandantes Germán Cristóbal Canaviri Ventura y Martha Rosa Calderón Ramos, deuda que fue garantizada con los bienes inmuebles habidos y por haber de los demandados Mario Yujra Quispe y Lidia Mendoza de Yujra, en especial con el local comercial del Shoping Norte; no obstante, este documento, como los señalados supra tampoco contiene un pacto comisorio, pues si bien los demandados fungen como garantes de los demandantes, sin embargo este hecho no puede ser considerado como un convenio que se adecue a la figura del tantas veces explicado pacto comisorio, puesto que dicho documento no contiene una convención en virtud a la cual el acreedor, que dicho sea de paso resulta ser la entidad financiera y no los demandantes, quede autorizado para quedarse con la cosa dada en garantía
- c/ Mario Yujra
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: La Paz
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- Bajo esos antecedentes y tramitada la causa, el Juez Público Civil y Comercial N° 26
- Del mismo modo, la citada autoridad ante la solicitud de enmienda interpuesta por la parte
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- Por los fundamentos expuestos, el citado Tribunal de Alzada CONFIRMÓ la sentencia apelada, con costas
- Del medio de impugnación objeto de la presente resolución, se observa que los demandados reconvencionistas
- Por los fundamentos expuestos, solicita se case el Auto de Vista recurrido y se resuelva
- Respuesta al recurso de casación
- Germán Cristóbal Canaviri Ventura y Martha Rosa Calderón Ramos, en su calidad de demandados en
- -Que ante la demanda de reivindicación que interpusieron, los demandados recurrentes interpusieron demanda reconvencional de
- -Señalan que el art
- -Refieren también que cuando el recurrente hace alusión a la desproporción del precio no hace
- Por las razones expuestas solicita se declare infundado el recurso de casación, con costas y
- En razón a dichos antecedentes diremos que
- III. I. De la nulidad del pacto comisorio
- Carlos Morales Guillen en su Obra “Código Civil Concordado y Anotado”, Tomo II, al comentar
- El pacto comisorio, consiste en la convención, o la cláusula de una convención, por virtud
- A manera de ilustración, se cita jurisprudencia comparada sobre el tema del pacto comisorio
- “Efectivamente, la sentencia de instancia ha infringido la normativa, desarrollada judicialmente, sobre la prohibición del
- El referido fallo, cita como precedentes varias otras sentencias emitidas por ese mismo Tribunal, entre
- También hace referencia a la sentencia del 20 de diciembre de 2007 que señala lo
- CONSIDERANDO IV
- Del análisis minucioso del recurso de casación que cursa de fs
- Bajo esa premisa, y con la finalidad de verificar si los Testimonios Nº 553/2011 de
- -De la revisión del Testimonio Nº 553/2011 de 17 de octubre que cursa de fs
- -Del mismo modo de la revisión del documento privado de depósito de fecha 27 de
- -Ahora bien, del Testimonio Nº 1169/2010 de fecha 2 de diciembre de 2010 que cursa
- En virtud a dichas consideraciones se infiere que, en el caso de autos, como correctamente
- Por las razones expuestas, y toda vez que los reclamos denunciados en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizu
