Auto Supremo AS/1150/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1150/2019

Fecha: 22-Oct-2019

1)El Auto de Vista infringió el art

Haciendo cita del art. 138 del Código Civil, denuncia que el demandante no cumplió con los requisitos para la procedencia de la usucapión, señalando: “1) que sea un bien susceptible de ser usucapido, 2) que exista posesión real y 3) el transcurso de un plazo, a más que por regla general los bienes susceptibles de usucapión son aquellos que se encuentran dentro del comercio humano” (sic), aspecto que ambas instancias no valoraron, aludiendo a los contrainterrogatorios de los testigos, respecto a la existencia del proceso de nulidad, acusando que no examinó ni confrontó las pruebas, apartándose de los arts. 265.I y 218.I del Código Procesal Civil, resultando el fallo incongruente y contradictorio con la petición de apelación, a cuyo efecto cita la línea jurisprudencial contenida en la GJ Nº 1589, p.137 y la SC N° 1917/2014-R de 13 de diciembre.
En el fondo:
1)El Auto de Vista infringió el art. 138 concordante con los arts. 87 y 88 del Código Civil