Auto Supremo AS/0619/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0619/2019

Fecha: 14-Nov-2019

Ahora, si bien es cierto que esta conminatoria fue objeto de recursos impugnatorios administrativos, como

Ahora, si bien es cierto que esta conminatoria fue objeto de recursos impugnatorios administrativos, como el de revocatoria que dio lugar a la RA N° 10/2017 de 10 de enero de 2017, confirmando la conminatoria y la RM N° 470/2017 de 9 de junio de 2017, que revocó la resolución de revocatoria y por ende la conminatoria; sin embargo, el cumplimiento de ésta última no estuvo condicionada o sujeta a una ejecutoria en sede administrativa o judicial. El hecho de que la resolución jerárquica emitida por el Ministerio de Trabajo de 9 de junio de 2017, revoque todo lo obrado por declinatoria de competencia, no enerva el hecho de que el trabajador no se haya presentado a la fuente laboral ante la conminatoria obtenida a su favor; es más, él como lo reconoce ya fue reincorporado por una anterior conminatoria, conociendo por ello la inmediatez y alcance jurídico de la misma. El hecho que indique que la empresa demandada no le hizo conocer o haya notificado para que retorne a sus funciones no destruye o justifica su dejadez, conforme acertadamente expresa el Auto de Vista recurrido