Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0619/2019
Fecha: 14-Nov-2019
Auto de Vista
Auto de Vista
-
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
-
Interpuesta la demanda social de reincorporación más el pago de salarios devengados pago de beneficios
-
Auto de Vista
-
En grado de apelación deducida por la entidad demandada, de fs
-
Ante la determinación del Auto de Vista, Carlos Alejandro Cárdenas Trigo, interpone recurso de casación
-
1
-
Señala que, el Tribunal de segunda instancia sin efectuar un análisis exhaustivo y minucioso de
-
Finalmente pide se le reincorpore más sus salarios devengados
-
Error de derecho, infracción, violación y aplicación indebida de la ley
-
Como consecuencia del error de hecho y derecho que cometió el Tribunal Ad-quem al tiempo
-
Art
-
De este marco protectivo se establece que la estabilidad laboral es un derecho constitucional aplicable
-
En tal sentido peticiona se case el auto de vista recurrido y en el fondo
-
En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
-
Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
-
En el presente caso, de la revisión de obrados, la prueba aportada al proceso por
-
Posteriormente a fs
-
A continuación a fs
-
Ahora, si bien es cierto que esta conminatoria fue objeto de recursos impugnatorios administrativos, como
-
Reiterando lo expresado anteriormente, en los hechos no se podría desconocer que la Resolución Ministerial
-
En tal sentido, el recurrente pretende justificar su incomparecencia laboral, al señalar que la conminatoria
-
Finalmente, en razonamiento contrario no se evidencia que el resultado pueda favorecer al demandante porque
-
Adicionalmente, cuando se acusa la falta de apreciación de las pruebas, no basta con relacionarlas
-
En ese contexto, corresponde aplicar el art
-
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
-
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Otros enlaces de interés: