Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0640/2019
Fecha: 14-Nov-2019
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I. ANTECEDENTES PROCESALES
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La demanda laboral de pago de beneficios sociales, incoada por Alberto Jaramillo Iriarte contra el
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Auto de Vista
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El recurso de apelación interpuesto por el demandado, el 9 de octubre de 2013 (fs
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El Auto de Vista, motivó que el demandado formule recurso de casación en el fondo,
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Refiere que el CTT es una institución sin fines de lucro que no realiza operaciones
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Concluye señalando que esa obligación es para las empresas y establecimientos comerciales e industriales, encontrándose
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En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia, case en parte
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En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
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Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio
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Del examen del recurso de casación, el Auto de Vista recurrido y de los antecedentes
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Corresponde iniciar el análisis del recurso, remitiéndonos al art
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En atención a la norma citada precedentemente, podemos concluir que toda persona tiene derecho al
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Sobre la naturaleza no lucrativa del CTT, el art
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Analizando el caso concreto, tenemos que la relación entre Alberto Jaramillo Iriarte y el CTT
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Complementando el análisis, es oportuno señalar, que la judicatura laboral debe enmarcar su actuar, en
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Lo razonado líneas arriba, demuestra que no es evidente la aplicación indebida de los arts
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POR TANTO
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Con Costas
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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