Auto Supremo AS/0640/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2019

Fecha: 14-Nov-2019

Concluye señalando que esa obligación es para las empresas y establecimientos comerciales e industriales, encontrándose

Argumentando su recurso señala que, con el objeto de realizar una correcta aplicación al pago de la prima anual establecida en los arts. 57 de la LGT y 48 del RLGT, se publicó el Decreto Ley (DL) Nº 6 de 27 de diciembre de 1943, que en sus arts. 1 y 6 disponen que, las empresas y establecimientos comerciales e industriales que obtuvieran utilidades al finalizar el año, destinaran hasta el 25% de esas utilidades, para otorgar a sus empleados y obreros que durante ese tiempo hubieran prestado sus servicios, una prima anual; estando obligadas, esas empresas y demás establecimientos comerciales e industriales a efectuar ese pago pago de prima anual a sus dependientes.
Concluye señalando que esa obligación es para las empresas y establecimientos comerciales e industriales, encontrándose excluido el Club de Tenis Tarija de ese pago, debido a su naturaleza no lucrativa; por lo que pide su aplicación al caso que nos ocupa