Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0653/2019
Fecha: 14-Nov-2019
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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La Juez Octavo del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº
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Auto de Vista
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En conocimiento de la Sentencia, Ana María Antonieta Muñoz Leytón de Maguiña, a través de
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Notificado con el Auto de Vista, Ana María Antonieta Muñoz Leytón de Maguiña formuló recurso
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El Auto de Vista recurrido, cometiendo los mismos errores de la sentencia, señala que se
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Petitorio
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Solicita se case el Auto de Vista recurrido, y deliberando en el fondo se declare
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Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
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Conforme estas disposiciones se puede colegir que el recurso de casación tiene como finalidad la
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Por ello, no se puede cuestionar en esta vía recursiva, aspectos que no fueron reclamados
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Considerando el principio de congruencia, como componente del debido proceso, el órgano jurisdiccional tiene la
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En el caso, se reclama como infracción (entendemos de forma), un supuesto incumplimiento del art
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Por otro lado, el recurso de casación en el fondo, tiene por objetivo modificar el
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No se argumenta, que parte de la fundamentación del Auto de Vista, genera una mala
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En autos, se acusa que la prueba de de cargo, la confesión provocada, los contratos
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Se afirma también, que ya no está en vigencia, la normativa que regula el preaviso
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
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No se regula honorario profesional, al no haber sido respondido el recurso
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Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
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