Auto Supremo AS/0781/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0781/2019

Fecha: 29-Nov-2019

1.2.2. Vulneración al principio de seguridad jurídica.

1.2.2. Vulneración al principio de seguridad jurídica. Al igual que en el anterior caso, hace referencia a determinados conceptos expuesto en Sentencias Constitucionales, sobre lo que debe entenderse por “seguridad jurídica” y en la parte final de su exposición, indica que el auto de vista habría vulnerado el debido proceso en su elemento de falta de fundamentación, motivación y seguridad jurídica, no existiendo mayor desarrollo respecto a este último punto.

1.2.3. Transgresión al principio de verdad material. En la parte final de su argumentación, la parte recurrente precisa: “Notará su autoridad que se ha violado el referido principio, ya que no ha existido revisión de las pruebas que han sido adjuntadas por esta parte, simplemente el auto de vista valida la totalidad de su contenido, sin revisar con detalle las pruebas, sin esta valoración que es necesaria para que el juez tome una decisión justa, obviamente no ha existido fundamentación, ni motivación por lo tanto la sentencia se encuentra viciada de nulidad, ya que no ha respetado ni los principios prescritos en la Constitución Política del Estado”.