Auto Supremo AS/1209/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1209/2019

Fecha: 26-Nov-2019

Martha Morodías Rodríguez demanda la nulidad de contrato y cancelación en Derechos Reales, como antecedentes

Martha Morodías Rodríguez demanda la nulidad de contrato y cancelación en Derechos Reales, como antecedentes aduce que conoció al abogado Aldo Zelmar Romero Mercado quien le prestaría dinero con garantía hipotecaria preferentemente de un inmueble, entonces la demandante le ofrece dar como garantía la vivienda ubicada en la calle Pasaje Los Andes, Nº 22, zona San Juanillo de la ciudad de Sucre; el jurista se comunicó con Lourdes Fátima Mobareg Sabag para que ella le proporcionara el efectivo de dinero a la demandante, es así que el 21 de agosto de 2010 suscribieron un documento de préstamo por la suma de $us. 16.800, donde le aclara el abogado como anticipo un interés de dos meses por adelanto al 6% mensual con los honorarios del abogado, inscripción en DDRR y el pago a la notaria, asimismo el monto de dinero que no se le entrega de inmediato por el contrario la parte actora fue contactada por Lourdes Mobareg Sabag, para que en la oficina del abogado se le haga la entrega de $us. 5.000, posteriormente le desembolso otros $us. 5.000 y por último $us. 4.000, aprovechándose de su necesidad, transcurridos 3 meses el 30 de noviembre de 2010, se reúnen en la oficina del abogado ubicado en la calle Luis Paz ex Pilinco, donde le hicieron firmar a la demandante un documento de préstamo de $us. 2.100 y luego firmaron otro contrato el 13 de octubre de 2013 por el monto de $us. 3.000. Sobre los montos expuestos la parte actora alegó que efectivamente le fueron entregados la suma de $us. 19.100, sin embargo aprovechándose de su difícil situación que atravesaba no pudo cancelar la suma adeudada a la acreedora, esta misma amenazó con iniciar un proceso civil para el remate del inmueble y que la única forma de ampliar su plazo era firmar otro documento de préstamo, es así que el 6 de diciembre de 2013, se suscribió un contrato donde incluiría los demás montos de dinero con los intereses, que sumarian la suma de $us. 23.500 (sin otorgarle una copia a la deudora), empero dicho documento fue cambiado a un monto de $us. 51.000, documento que tuvo conocimiento con la demanda coactiva civil interpuesta por la acreedora, que en la tramitación de dicho proceso se realizó el remate y adjudicación del inmueble de la parte actora, por otro lado ante este actuar de la acreedora y el abogado, Martha Merodias Rodríguez acudió a la vía penal por los hechos delictivos (estafa, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y usura agravada), que resultó transcendental porque en audiencia pública de conciliación Lourdes Fátima Mobareg Sabag, reconoció que no entregó los $us. 51.000 y solo $us. 19.100 y que el resto correspondía a los intereses, comprometiéndose a desistir del proceso coactivo civil una vez cancelada la suma acordada, no obstante se negó a recibir el dinero si no le cancelaba el monto de $us. 75.000