En el caso de autos, se tendría que independientemente del tipo de contrato, indefinido o,
En el caso de autos, se tendría que independientemente del tipo de contrato, indefinido o, a plazo fijo, la controversia es, si la terminación de ese contrato fue o no ilegal; pues, según su convicción, el Decreto Ley (DL) 16187 de 16 de febrero de 1979, no sólo establece la prohibición de realizar más de dos contratos a plazo fijo, sino también establece, la prohibición de realizar contratos a plazo en tareas propias y permanentes para la empresa, máxime si se considera que un contrato a plazo fijo para que tenga validez, tiene que estar debidamente visado con calidad de declaración jurada, mediante el que, previamente el Ministerio del Trabajo, verifica el cumplimiento de los requisitos dispuestos por la RA N° 650/07 de 17 de abril de 2007, y que no fue cumplido por la empresa, tornándose nulo el referido contrato de pleno derecho y regía una relación indefinida en la que por mandato de la ley, por tratase de un recontratación independientemente del tiempo que transcurrió, no se permite, ni es aplicable el periodo de prueba; por tanto, el demandante tenia estabilidad laboral desde el primer día de trabajo y la terminación de su relación laboral sólo podía ser en aplicación del art. 16 de la L.G.T
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de reincorporación y derechos laborales promovida por Douglas Leonardo Acosta Castillo,
- Auto de vista
- Interpuestos los recursos de apelación a fs
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Prosigue indicando que, de lo manifestado en el punto 3 por el Ad-quem, existe un
- En el caso de autos, se tendría que independientemente del tipo de contrato, indefinido o,
- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, se pasa a resolver
- El art
- El Derecho al trabajo es un derecho fundamental reconocido de manera expresa y positiva por
- A su vez, la Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al
- La jurisprudencia constitucional citada de igual manera, estableció una diferencia entre estabilidad absoluta y relativa,
- En ese contexto, se infiere que a partir del modelo de Estado constitucional social de
- Del principio de verdad material
- Error de Hecho y Derecho en la Valoración de la prueba
- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de las pruebas, cuando la resolución
- En este supuesto, cuando se acusa la falta de apreciación de las pruebas, no basta
- Ese error de hecho por lo tanto requiere, ser ostensible y manifiesto, conforme se manifestó
- Análisis del caso en concreto
- Al respecto sobre el punto 1 acusado, que la institución contratante Y
- Sobre los otros puntos 2, 3 y 4 referidos al enredo interpretativo del Auto de
- Al respecto de la lectura del recurso de casación en el fondo, se constata que,
- Sintetizando aquello se tiene, un primer periodo laboral sujeto a contrato a plazo fijo, desde
- En tal sentido, la demanda versó sobre una reincorporación, más el pago de salarios devengados
- Consecuentemente la aplicación normativa que busca el recurrente en base al art
- El hecho de que el recurrente alegue de que, existía una Convocatoria Pública Externa Nº
- En tal sentido no se evidencia vulneración de normativa en la Entidad demandada al rescindir
- Se debe precisar también que, la valoración y compulsa de las pruebas, es atribución privativa
- Nótese que la disposición citada, expresa que deberán cumplirse dos condiciones; es decir, que deberá
- Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
