Auto Supremo AS/0758/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0758/2019

Fecha: 02-Dic-2019

En ese marco, el Auto de Vista recurrido, al confirmar la Sentencia, violó el art

En ese marco, el Auto de Vista recurrido, al confirmar la Sentencia, violó el art. 33 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DRLGT), que establece que la vacación anual no será compensable en dinero; en ese sentido la doctrina sentada por Guillermo Cabanellas, en el “Tratado de Derecho Laboral – 1998”, refiere que la norma de la legislación positiva, establece que las vacaciones no son compensables en dinero; afirmación que también está plasmada en los Autos Supremos Nº 422 del 17 de julio de 2013 y Nº 698 de 2 de diciembre de 2013, emitidos por la Sala Social y Administrativa Única del Tribunal Supremo de Justicia