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    Auto Supremo AS/0813/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0813/2019

    Fecha: 02-Dic-2019

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    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
    • I
    • Que dentro del presente tramite, la nombrada comisión, mediante Resolución Nº 013360 de 20
    • Que mediante Resolución Nº 012783 de 17 de octubre de 1997, cursante a fs
    • Que mediante Resolución Nº 0000765 de 7 de marzo de 2017, cursante a fs
    • Ante esta circunstancia, la solicitante interpuso el recurso de reclamación adjunto de fs
    • En grado de apelación interpuesta por la solicitante de fs
    • I.2. Motivos del recurso de casación
    • En la forma
    • Adujo que el fallo de segunda instancia, ante de resolver la apelación planteada por la
    • Citando jurisprudencia contenida en la SC N° 1369/2001, sobre la motivación de las resoluciones judiciales,
    • Señaló que para valorar la prueba, el tribunal de segunda instancia debió señalar no solo
    • Sobre este punto, sostuvo que el auto de vista recurrido, solo se limitó a señalar
    • Por este motivo, denunció como norma transgredida, los art
    • En el fondo
    • Adujo que tampoco se está tomando en cuenta, el hecho de la existencia de un
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, en cuanto al recurso en la forma,
    • CONSIDERANDO II
    • Resolviendo en la forma, en el que la parte recurrente señala que el auto de
    • En este contexto, sobre los requisitos que debe cumplir el auto de vista, el art
    • II. Este fallo deberá ser
    • Si se hubiera interpuesto el recurso de apelación después de vencido el término
    • Por falta de expresión de agravios
    • Confirmatorio
    • Revocatorio total o parcial
    • Anulatorio o repositorio
    • III
    • Ahora bien, de la revisión del auto de vista recurrido en casación,, se advierte que
    • II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
    • En el caso presente, la institución recurrente cuestiona el fallo del tribunal de alzada, por
    • Al respecto, el art
    • En este contexto, el art
    • En este sentido, el art
    • En virtud de la normativa citada, se concede la renta de viudedad a la esposa,
    • Ahora, se debe aclarar que al haberse presentado un documento público emitido por el Estado
    • Ahora, para contraer matrimonio se deben cumplir con requisitos establecidos en el Código de Familia
    • Por tal razón, al haber acreditado a través de un certificado idóneo la solicitante, su
    • De tal manera, conforme a lo desarrollado, se concluye que el auto de vista recurrido,
    • Sin costas en aplicación del artículo 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.

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