Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0813/2019
Fecha: 02-Dic-2019
Confirmatorio
Confirmatorio
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Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
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I
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Que dentro del presente tramite, la nombrada comisión, mediante Resolución Nº 013360 de 20
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Que mediante Resolución Nº 012783 de 17 de octubre de 1997, cursante a fs
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Que mediante Resolución Nº 0000765 de 7 de marzo de 2017, cursante a fs
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Ante esta circunstancia, la solicitante interpuso el recurso de reclamación adjunto de fs
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En grado de apelación interpuesta por la solicitante de fs
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I.2. Motivos del recurso de casación
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En la forma
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Adujo que el fallo de segunda instancia, ante de resolver la apelación planteada por la
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Citando jurisprudencia contenida en la SC N° 1369/2001, sobre la motivación de las resoluciones judiciales,
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Señaló que para valorar la prueba, el tribunal de segunda instancia debió señalar no solo
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Sobre este punto, sostuvo que el auto de vista recurrido, solo se limitó a señalar
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Por este motivo, denunció como norma transgredida, los art
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En el fondo
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Adujo que tampoco se está tomando en cuenta, el hecho de la existencia de un
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Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, en cuanto al recurso en la forma,
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CONSIDERANDO II
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Resolviendo en la forma, en el que la parte recurrente señala que el auto de
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En este contexto, sobre los requisitos que debe cumplir el auto de vista, el art
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II. Este fallo deberá ser
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Si se hubiera interpuesto el recurso de apelación después de vencido el término
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Por falta de expresión de agravios
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Confirmatorio
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Revocatorio total o parcial
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Anulatorio o repositorio
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III
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Ahora bien, de la revisión del auto de vista recurrido en casación,, se advierte que
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II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
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En el caso presente, la institución recurrente cuestiona el fallo del tribunal de alzada, por
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Al respecto, el art
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En este contexto, el art
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En este sentido, el art
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En virtud de la normativa citada, se concede la renta de viudedad a la esposa,
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Ahora, se debe aclarar que al haberse presentado un documento público emitido por el Estado
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Ahora, para contraer matrimonio se deben cumplir con requisitos establecidos en el Código de Familia
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Por tal razón, al haber acreditado a través de un certificado idóneo la solicitante, su
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De tal manera, conforme a lo desarrollado, se concluye que el auto de vista recurrido,
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Sin costas en aplicación del artículo 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
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