Auto Supremo AS/0037/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0037/2019-RRC

Fecha: 04-Feb-2019

El recurrente denuncia la vulneración de los arts


Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 680/2018-RA de 14 de agosto, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El recurrente denuncia la vulneración de los arts. 124 y 370 inc. 5) del CPP, con el argumento de que en la Sentencia emitida por el Tribunal de instancia, sólo existe una relación histórica de los acontecimientos, sin analizar y fundamentar los aspectos de hecho y de derecho, como la intención del victimador y la situación de la víctima, la causa o móvil del ilícito, etc., concluyendo en que, tanto la Sentencia como el Auto de Vista apelado adolecen de fundamentación y motivación, vulnerando su garantía del debido proceso y presunción de inocencia. Al respecto, señala como precedentes contradictorios los Autos Supremos 7 de 1 de octubre de 1990, 73 de 4 de agosto de 2003, 256/2006 de 26 de julio, 242/2006 de 6 de julio, referidos a la observancia por parte de los Tribunales de alzada del art. 124 del CPP, así como de su obligación de pronunciarse respecto a cada uno de los agravios expuestos en el recurso de apelación restringida, conforme al art. 398 del CPP; en el mismo sentido, cita la Sentencia Constitucional 1369/01-R relacionada a la debida fundamentación con que los Tribunales de Sentencia, así como de apelación deben emitir sus fallos