2) Señala que se estableció como una remuneración mensual de Bs
2) Señala que se estableció como una remuneración mensual de Bs.1500.- como perforista de la mina denominada “Juan Carlos” situada en la localidad de Porco, aspecto que viola flagrantemente el derecho constitucional a un salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna, precautelado en el art. 46.I11 de la CPE y el art. 4 de la LGT porque el trabajo realizado en el interior de la mina era por la suma de Bs.6.000.- conforme se estableció en la demanda interpuesta, incurriendo en una valoración errónea de la prueba aportada durante la tramitación del presente proceso por los jueces de instancia
- Sentencia
- En grado de apelación, promovido por Pascual Quispe Cruz (fs
- Argumentos del recurso de casación
- 2) Señala que se estableció como una remuneración mensual de Bs
- Petitorio
- Contestación al recurso
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Continuando con el CPT, cabe señalar que el capítulo tercero, reconoce expresamente a la “confesión
- En base a la doctrina aplicable y a los argumentos de la parte recurrente, se
- Sobre el reclamo del numeral 2) del recurso de casación interpuesto, referido al sueldo promedio
- Por lo anteriormente expuesto, si bien existe el principio protector en darle mayor defensa al
- Finalmente es preciso señalar que, la valoración y compulsa de las pruebas, es una atribución
- Por lo expuesto, no se verifica que fuera evidente la vulneración acusada por la parte
- En ese sentido, en el presente caso, la parte recurrente no ha cumplido estos requisitos
- Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
