Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados en el
V. CONCLUSION
Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados en el recurso de casación en el fondo de fs. 408 a 414, al carecer de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en el art. 220.II del CPC-2013, aplicable por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados en el recurso de casación en el fondo de fs. 408 a 414, al carecer de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en el art. 220.II del CPC-2013, aplicable por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
- Sentencia
- En grado de apelación, promovido por Pascual Quispe Cruz (fs
- Argumentos del recurso de casación
- 2) Señala que se estableció como una remuneración mensual de Bs
- Petitorio
- Contestación al recurso
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Continuando con el CPT, cabe señalar que el capítulo tercero, reconoce expresamente a la “confesión
- En base a la doctrina aplicable y a los argumentos de la parte recurrente, se
- Sobre el reclamo del numeral 2) del recurso de casación interpuesto, referido al sueldo promedio
- Por lo anteriormente expuesto, si bien existe el principio protector en darle mayor defensa al
- Finalmente es preciso señalar que, la valoración y compulsa de las pruebas, es una atribución
- Por lo expuesto, no se verifica que fuera evidente la vulneración acusada por la parte
- En ese sentido, en el presente caso, la parte recurrente no ha cumplido estos requisitos
- Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
