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    Auto Supremo AS/0113/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0113/2019

    Fecha: 12-Feb-2019

    3

    3. El Auto de Vista no advirtió que el inmueble es de naturaleza privada, amurallada y registrada en Derechos Reales, más no baldío y sin dueño, interpretándose erróneamente el art. 135 del Código Civil
    • Expediente: O-20-18-S
    • Distrito: Oruro
    • I
    • En ese contexto histórico procesal se analiza el recurso de casación y se emite la
    • CONSIDERANDO II
    • Roger Luis Chevalier Iraola
    • 1
    • 2
    • 2
    • 3
    • 4
    • II.2. Contestación
    • III.1. La usucapión decenal e interrupción
    • CONSIDERANDO IV
    • De acuerdo a la demanda, la usucapiente refiere haber construido dos habitaciones y una cocina,
    • 5. En lo que respecta a la interpretación errónea del art. 135 del Código Civil
    • 6
    • 7
    • POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, Sala Civil,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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