I
VISTOS: Los recursos de casación que cursan de fs. 1114 a fs.1117 y de fs.1126 a fs. 1128 vta., interpuestos por Roger Luis Chevalier, Vanesa Irene Chevalier Iraola y Luis Chevalier, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 66/2018 de 18 de abril, saliente a fs. 1099 a 1106 vta., pronunciado por Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso doble de usucapión y reconvencional de reivindicación, la concesión de fs. 1140, y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Lucy Quispe Condori con memorial cursante de fs. 82 a 84 subsanado a fs. 88, interpuso demanda de usucapión decenal en contra de Luis Chevalier, Roger Luis Chevalier Iraola, Vanesa Irene Chevalier Iraola y Cristhian Chevalier Iraola, quienes repelieron la demanda además este último reconvino de reivindicación. También contestaron negativamente el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda este último también opuso excepción de imprescriptibilidad, trámite que concluyó con la Sentencia Nº 111/2016 de 29 de noviembre (fs. 994 a 997) que declaró probada la demanda principal de usucapión decenal e improbadas la pretensión reivindicatoria y la excepción de imprescriptibilidad de derecho propietario
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Lucy Quispe Condori con memorial cursante de fs. 82 a 84 subsanado a fs. 88, interpuso demanda de usucapión decenal en contra de Luis Chevalier, Roger Luis Chevalier Iraola, Vanesa Irene Chevalier Iraola y Cristhian Chevalier Iraola, quienes repelieron la demanda además este último reconvino de reivindicación. También contestaron negativamente el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda este último también opuso excepción de imprescriptibilidad, trámite que concluyó con la Sentencia Nº 111/2016 de 29 de noviembre (fs. 994 a 997) que declaró probada la demanda principal de usucapión decenal e improbadas la pretensión reivindicatoria y la excepción de imprescriptibilidad de derecho propietario
- Expediente: O-20-18-S
- Distrito: Oruro
- I
- En ese contexto histórico procesal se analiza el recurso de casación y se emite la
- CONSIDERANDO II
- Roger Luis Chevalier Iraola
- 1
- 2
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- 3
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- II.2. Contestación
- III.1. La usucapión decenal e interrupción
- CONSIDERANDO IV
- De acuerdo a la demanda, la usucapiente refiere haber construido dos habitaciones y una cocina,
- 5. En lo que respecta a la interpretación errónea del art. 135 del Código Civil
- 6
- 7
- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, Sala Civil,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
