Auto Supremo AS/0124/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2019

Fecha: 12-Feb-2019

- Señaló que la sentencia de primer grado interpretó erróneamente el instituto jurídico de la

- Bajo el epígrafe “Interpretación errónea y aplicación indebida de la ley”, refirió que no se entendió el fundamento vertido en el Auto Supremo 76/2018, el que concedía al Ad quem la posibilidad de anular obrados y revocar el fallo de primera instancia.
- Señaló que la sentencia de primer grado interpretó erróneamente el instituto jurídico de la autonomía de gestión, cuando señaló que los directivos del FONCOMERCIO ASOCIACION CIVIL estaban facultados a través de la resolución de directorio Nº 33/96 para autorizar las transferencias con autonomía propia, cuando es la misma resolución la que indica que dichas transferencias deben realizarse según normas legales y administrativas