Por lo manifestado corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
7. En relación a la denuncia de transgresión del derecho al debido proceso en su vertiente de congruencia argumentando que el Auto de Vista como la sentencia dan por sentado que la demanda se funda en un resarcimiento de daños que tiene como fuente un hecho ilícito y que existe diferencia de la responsabilidad contractual y extracontractual. Se debe manifestar que en el proceso no fue objeto de debate la existencia del perfeccionamiento del contrato de préstamo de dinero o el nacimiento del contrato, en tal caso, el Auto de Vista identificó como hecho ilícito el accionar de los personeros del Banco demandado que “utilizaron, sin el consentimiento expreso de los actores, la suma equivalente de $us. 120.000, para pagar la acreencia sostenida por los esposos Arredondo”. La entidad recurrente en forma inadecuada observa que no existe un hecho ilícito como fuente de obligación sino que debió fundarse cualquier reclamo en el contrato de préstamo, omitiendo que los hechos de la demanda no estaban dirigidos a observar una responsabilidad contractual sino extracontractual, además que resulta contradictorio que se trate de poner en duda el tipo de responsabilidad, cuando el mismo Banco en su defensa (ver contestación de fs. 219 a 224 vta.) alegó que cumplió con el desembolso del préstamo, entendiendo con ello que no existía responsabilidad contractual; además, si comprende el ente recurrente que el actor fundó su demanda en norma errónea y no cumplió con los requisitos del art. 327 del Código de Procedimiento Civil debió observar esa situación en forma oportuna mediante los mecanismos asignados por ley (excepciones) no en un etapa de casación, siendo insostenible el agravio expresado en este punto.
Por lo manifestado corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art. 220.IV del Código Procesal Civil
Por lo manifestado corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art. 220.IV del Código Procesal Civil
- Expediente: LP-87-18-S
- CONSIDERANDO I
- El Banco Unión interpuso acción de amparo constitucional contra el Auto Supremo, conforme literales de
- 3
- 4
- La parte recurrente establece agravios de forma y fondo conforme lo siguiente
- 1
- En el fondo
- 2
- Concluyó solicitando nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo y disponer la casación del
- Octavio Rocha Cáceres contestó al recurso de casación lo siguiente
- 5
- CONSIDERANDO III
- El Auto Supremo Nº 229/2017 respecto a la responsabilidad civil manifestó: “El art
- Conforme al criterio expresado por Carlos Morales Guillén en su Obra “Código Civil Concordado y
- Por otra parte, dentro del campo de las obligaciones, para atribuir responsabilidad civil, ya sea
- Con relación al tema en cuestión, se asume la doctrina desarrollada por el tratadista Jorge
- Conforme a la posición asumida por el citado autor, en el segundo presupuesto descrito precedentemente,
- En cambio, el elemento culpa, en el lenguaje jurídico alude a un comportamiento del agente,
- Los dos elementos descritos se constituyen en fundamentales para atribuir la responsabilidad, habida cuenta que
- En cuanto al daño sufrido que viene a ser el tercer presupuesto de la responsabilidad
- El último presupuesto de la responsabilidad viene a constituir la relación de causalidad entre
- En la comisión del hecho, de ordinario integran un conjunto de acontecimientos que actúan como
- Aun de establecerse que un determinado hecho deba aceptarse como causa de tal efecto dañoso,
- III.2. De los actos propios
- En el Auto Supremo No 591/2014, de fecha de 17 de octubre de 2014 se
- Asimismo en el Auto Supremo No 158/2014 de fecha 14 de abril de 2014, se
- Conforme a la cita de la enciclopedia OMEBA, Tomo I, sobre los actos propios, se
- CONSIDERANDO IV
- Se debe manifestar que el art
- Sin embargo, es necesario referirse a la responsabilidad de una persona jurídica o colectiva que
- Lo explicado genera un razonamiento extensivo del art
- En esa consideración, debemos examinar si existe error de hecho en las literales de fs
- En ese margen, la literal de fs
- Además, se manifiesta por parte del Tribunal de alzada que esa prueba de fs
- Siguiendo el análisis, el Tribunal de apelación razonó en sentido que las documentales de fs
- Por el examen realizado de las pruebas de fs
- 6
- Bajo el desarrollo fáctico realizado, debe explicarse que por causal exonerativa de responsabilidad se entiende
- Por lo manifestado corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
