Auto Supremo AS/0062/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062/2019

Fecha: 14-Mar-2019

Al respecto, previamente a ingresar al análisis de los distintos supuestos impugnados, corresponde hacer referencia

Al respecto, previamente a ingresar al análisis de los distintos supuestos impugnados, corresponde hacer referencia respecto al error de derecho en la aplicación de una norma, que en definitiva es lo que se acusa respecto a los supuestos impugnados, por lo que en ese entendido la línea jurisprudencial emitida por éste Tribunal Supremo de Justicia a través del Auto Supremo Nº 439/2017 del 2 de mayo emitido por la Sala Civil de éste Tribunal, manifiesta: “…la línea Jurisprudencial desarrollada por éste Tribunal, al referirse al error “in judicando” y a los requisitos intrínsecos del recurso de casación en el fondo en que incurre el Tribunal de Alzada al aplicar el derecho material en la decisión de la causa, ha especificado que las figuras jurídicas conceptualizadas como violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, son diferentes, pues, la primera implica que se incurrió en una infracción directa de la ley por no haberse aplicado correctamente sus preceptos, es decir, es el error en que incurre el juzgador sobre la existencia y aplicación de una norma jurídica en un caso concreto, la segunda, consiste en el error en que incurre el juzgador sobre la ratio legis de una determinada ley, mientras que la última, consiste en la infracción de la ley sustantiva por haberse aplicado sus preceptos a hechos no regulados por aquella, imponiéndose la obligación a los recurrentes de especificar en qué consiste la violación, cuál debía ser la norma jurídica aplicable correctamente o cual la interpretación debida…(Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, entre otros).”. Bajo ésta premisa legal, remitiéndonos al supuesto fáctico que hoy nos ocupa, corresponde determinar si es que la resolución impugnada contiene errónea o indebida aplicación normativa respecto a los distintos supuestos por los cuales se determinó responsabilidad en el hoy recurrente