Auto Supremo AS/0062/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062/2019

Fecha: 14-Mar-2019

En grado de apelación deducida por los coactivados Luis Alberto Olguín Coscio de fs

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA

Auto Supremo 62/2019
Sucre, 14 de marzo de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 423/2017
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs. 1258-1267, interpuesto por el demandado Luis Alberto Olguín Coscio, en contra del Auto de Vista Nº 003/2017 de 22 de marzo de 2017, cursante a fs. 1246-1254, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso Coactivo Fiscal, seguido por Lorenzo Cruz Choque en su condición de Director Departamental de Educación de Cochabamba, en contra del recurrente, la respuesta de fs. 1273-1275, el auto de fs. 1281 que concedió el referido recurso, el Auto N° 423/2017–A que admite el mismo, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Primero de Partido Administrativo, Coactivo y Tributario de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 11/2015 de 12 de febrero de 2015, (fs. 827-836), declarando probada la demanda coactiva fiscal, determinando responsabilidad civil y civil solidaria de los demandados Luis Alberto Olguín Coscio, Miguel García Rivera, Toribio Rocabado Castro, Guillermo Nestor Iriarte Quiñonez, Filemón Guaman Balderrama, Cristhian Giovanni Cuellar Terrazas, Grover Iván Vía Padilla, Richard Montecinos Terrazas, Hernán Santos Ponce y Jorge Eliodoro Castro Andre, tal cual se detalla en los cargos y montos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16 y 17, todos de la Nota de Cargo 08/2010 de 4 de octubre de 2010, y en el cargo y monto 15 de la Nota de Cargo 08/2000 de 5 de noviembre de 1997, dejando sin efecto los cargos y montos 28, 29 y 31 de la Nota de Cargo 08/2010 de 4 de octubre de 2010.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por los coactivados Luis Alberto Olguín Coscio de fs. 839-847, Jorge Eliodoro Castro Andre de fs. 850 y por Miguel García Rivera de fs. 582-853, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 003/2017 de 22 de marzo de 2017, cursante a fs. 1246-1254, confirmó la Sentencia Nº 11/2015 de 12 de febrero de 2015, (fs. 827-836)