Auto Supremo AS/0116/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

De lo referido se tiene comprobada la ejecución de un manejo arbitrario, discrecional e irresponsable


De lo referido se tiene comprobada la ejecución de un manejo arbitrario, discrecional e irresponsable de los bienes de la Sociedad Rowa Automorgas SRL, de propiedad de ambos contendientes, aprovechándose el imputado de una presunta facultad administrativa, procediendo a manejar y disponer irresponsablemente de los bienes propios y adquiridos de la sociedad ROWA SRL, cual si fuera una entidad unipersonal, obrando además, en un contrasentido a los intereses propios de la sociedad y de los fines a los que fue constituida, al proceder a devolver los bienes por estar adquiridos, procediendo a una práctica descapitalización fraudulenta de aquella, entendida como la disminución injustificada del capital y activos propios de la empresa, con la aviesa intención de favorecerse de manera exclusiva de esos procederes contractuales, pero no solo ello, sino que también se tiene constatado que aparte de devolver o extraer de la comunidad de bienes de la empresa Rowa los dos talleres obtenidos mediante compraventa, TERZUGAS y TERANGAS que fueron adquiridos de los hijos del imputado y trabajados según se alegó por el acusador particular, sino también y he aquí el comprobado accionar ilegítimo o doloso del imputado, cuando a pesar de ser copropietario de la empresa Rowa SRL, devolvió los talleres adquiridos, para proceder a adquirirlos nuevamente, esta vez para su aprovechamiento exclusivo y único de su persona al ser su persona curiosamente también el propietario de las empresas DIEGAJO y SEBAGAS que son los nuevos compradores de los talleres de conversión Terzugas y Terán gas, ello con la obvia y expresa intención de defraudar los intereses propios de su socio y copropietario en Rowa SRL el acusador particular, configurándose de esa manera un accionar doloroso, ya que acudió a estratagemas contractuales, al aparecer con dos presuntos poderes notariales con el mismo número y fecha de extensión, librados por la misma Notaria y con el mismo contenido, no diametralmente opuesto, pero si lo suficientemente diferente, como para adquirir facultades legales aparentemente que le eran desconocidas en el inicial poder notarial, todo con el manifiesto accionar de favorecerse