Auto Supremo AS/0116/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

Que en juicio oral se demostró que en ejercicio de las facultades legales conferidas por


Que en juicio oral se demostró que en ejercicio de las facultades legales conferidas por los poderes, el 23 de abril de 2010, Willma Gabriela Terán Surita hija del imputado, transfirió en calidad de venta a favor de la sociedad Rowa Automotorgas SRL, por la suma de Bs. 16.000 el taller de conversión a gas de su propiedad denominado TERAN GAS, suscribiendo como vendedora Gabriela Terán y como comprador y representante legal de Rowa SRL el acusador particular, ello conforme a la documental de cargo del Ministerio Público signada como MP-4; también se tiene que la misma vendedora el 17 de diciembre de 2010 nuevamente transfiere el mismo taller de conversión a gas TERAN GAS a la empresa DIEGAJO Importadora y Exportadora, cuyo representante legal es el imputado, configurándose de esa manera el Estelionato con el que fue sancionada la vendedora mediante procedimiento abreviado. De la misma forma se tiene que la empresa Rowa SRL el 19 de enero de 2011 suscribió a través de su representante legal la minuta Nº 0041/2011, referente a una segunda compraventa de otro taller mecánico de conversión a gas, esta vez el denominado TERZUGAS venta dispuesta por su propietario Diego Terán Zurita (hijo del imputado), conforme tiene de la prueba de cargo del Ministerio Público Prueba Nº 11; sin embargo, conforme se aprecia de la prueba Nº 7, el 24 de mayo de 2012 el mismo (Diego Terán Zurita), en forma posterior, aparentemente con desconocimiento del copropietario de Rowa SRL el acusador particular, suscribe con su padre el imputado la minuta de transferencia del mismo taller de conversión a gas TERZUGAS a la empresa de la cual su padre era representante SEGABAS SRL, configurándose de esa manera la conducta de Estelionato que fue sancionado mediante procedimiento abreviado, aclarando que los hijos del imputado no son parte del proceso; empero, su accionar se encuentra ligado a los manejos anómalos de Rowa ejecutados por el imputado