Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en las Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo, entre otras, al señalar que guarda conformidad con los valores de justicia e igualdad y el principio de eficacia de los derechos fundamentales, entre ellos el acceso a la justicia y la justicia material, última que exige adoptar criterios que permitan enmendar y reparar la afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la tramitación de los procesos
- Por memorial presentado el 21 de diciembre de 2018, Martín Antenor Farfán Aparicio interpone recurso
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, los representantes del INIAF (fs
- Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista el 14 de diciembre de
- II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El recurrente ampara el recurso en los arts
- Asimismo, refiere que el Tribunal de apelación respondió fuera del marco legal, al ingresar en
- Agrega que, el Auto de Vista incurrió en falta de fundamentación y motivación, constituyendo un
- Respecto a lo denunciado por el SIN en su apelación, sobre la falta de enunciación
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- El recurrente al momento de plantear el presente motivo, invoca los Autos Supremos 276/2017-RRC de
- Asimismo, se tiene invocado el Auto Supremo 775/2015-RRC-L de 5 de noviembre, que de su
- Respecto al segundo motivo, se aduce la vulneración al debido proceso y la igualdad jurídica,
- Analizando los términos expuestos por el recurrente, se advierte el cumplimiento de los requisitos formales,
- También se advierte que el recurrente como tercer motivo, denuncia que el Auto de Vista
- El recurrente plantea como problemáticas procesales el pronunciamiento ultra petita así como la introducción de
- A su vez, habiéndose invocado el precedente del Auto Supremo 145/2015-RRC de 27 de febrero,
- En el cuarto motivo, sustenta el recurrente que el Auto de Vista al resolver el
- El recurrente en lo particular alega la falta de fundamentación y motivación del Auto de
- Debe Agregarse que analizando la invocación de defectos absolutos en relación a la afectación a
- Finalmente, como sexto motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, respecto a lo
- En los términos que el recurrente plantea dicho agravio, no se expresa mayores consideraciones que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
