Auto Supremo AS/0162/2019-CC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0162/2019-CC

Fecha: 19-Mar-2019

Este hecho importaría ir en contra de la Doctrina de los Actos Propios descrita, al

Este hecho importaría ir en contra de la Doctrina de los Actos Propios descrita, al pretender la nulidad por supuesta falta del cumplimiento de las normas legales establecidas para la celebración del Contrato Modificatorio Nº 04/2015, suscrito por el propio GAM de Sucre; aspecto que importaría el desconocimiento de sus propios actos, los cuales se presumen legítimos por estar sometidos a la Ley conforme lo establece el art. 4.g) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); por lo que, no corresponde, que con el afán de evadir el compromiso asumido al suscribir dicho contrato modificatorio, niegue actos propios como entidad pública contratante y como aspira al realizar los reclamos establecidos en los numerales 1) y 2) de su recurso, con total falta de argumento y contradiciendo sus actos, que fueron manifestación de su voluntad y consentimiento al suscribir el Contrato Modificatorio Nº 04/2015 (ver fs. 46 de obrados) e incluso inobservando el art. 271 del Código Procesal Civil (CPC-2013) porque como ya se manifestó, dicha exigencia legal no fue considerada y menos advertida por la parte recurrente al momento de realizar los supuestos reclamos en los citados numerales del recurso interpuesto, siendo ilógico alegar posibles incumplimientos a la normativa legal para la suscripción del contrato modificatorio, que la propia parte recurrente lo suscribió