Previamente resulta preciso señalar que, de acuerdo a los reclamos identificados y enumerados en el
FUNDAMENTOS DEL CASO CONCRETO:
En base a los argumentos de la parte recurrente, se pasa a resolver su recurso de casación de fs. 904 y vta., de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Previamente resulta preciso señalar que, de acuerdo a los reclamos identificados y enumerados en el recurso; se evidencia que, los mismos se relacionan entre sí, puesto que, se refieren a que no se dio cumplimiento al art. 88 del DS Nº 0181 en la elaboración del contrato modificatorio, obviando la empresa demandante tales formalidades de rigor, por lo que resultaría nulo el contrato modificatorio y no correspondería ninguna cancelación por parte del GAM demandado; por lo que, se resolverán de manera conjunta dichos reclamos, sin que ello amerite una vulneración al principio de congruencia, falta de motivación o fundamentación en el presente fallo, resolviéndoselos de la siguiente manera:
Respecto a los agravios de los numerales 1) y 2) del recurso interpuesto; previamente cabe señalar que; el recurso de casación es una demanda nueva de puro derecho, por lo que, se deben considerar los requisitos establecidos por Ley para el instituto jurídico del “recurso de casación” y que se encuentran expresamente establecidos en el art. 271 del CPC-2013, de la siguiente manera: “I. El recurso de casación se funda en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, sea en la forma o en el fondo. Procederá también cuando en la apreciación de las pruebas se hubiera incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación manifiesta de la autoridad judicial. II. En cuanto a las normas procesales, solo constituirá cual la infracción o la errónea aplicación de aquellas que fueron esenciales para la garantía del debido proceso y reclamadas oportunamente ante juezas, jueces o tribunales inferiores (…)”
En base a los argumentos de la parte recurrente, se pasa a resolver su recurso de casación de fs. 904 y vta., de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Previamente resulta preciso señalar que, de acuerdo a los reclamos identificados y enumerados en el recurso; se evidencia que, los mismos se relacionan entre sí, puesto que, se refieren a que no se dio cumplimiento al art. 88 del DS Nº 0181 en la elaboración del contrato modificatorio, obviando la empresa demandante tales formalidades de rigor, por lo que resultaría nulo el contrato modificatorio y no correspondería ninguna cancelación por parte del GAM demandado; por lo que, se resolverán de manera conjunta dichos reclamos, sin que ello amerite una vulneración al principio de congruencia, falta de motivación o fundamentación en el presente fallo, resolviéndoselos de la siguiente manera:
Respecto a los agravios de los numerales 1) y 2) del recurso interpuesto; previamente cabe señalar que; el recurso de casación es una demanda nueva de puro derecho, por lo que, se deben considerar los requisitos establecidos por Ley para el instituto jurídico del “recurso de casación” y que se encuentran expresamente establecidos en el art. 271 del CPC-2013, de la siguiente manera: “I. El recurso de casación se funda en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, sea en la forma o en el fondo. Procederá también cuando en la apreciación de las pruebas se hubiera incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación manifiesta de la autoridad judicial. II. En cuanto a las normas procesales, solo constituirá cual la infracción o la errónea aplicación de aquellas que fueron esenciales para la garantía del debido proceso y reclamadas oportunamente ante juezas, jueces o tribunales inferiores (…)”
- Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
- Que, tramitado el proceso contencioso, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal
- Argumentos del recurso de casación
- Petitorio
- Contestación al recurso
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- De acuerdo al citado principio y considerando que el recurso de casación es una nueva
- En ese sentido, resulta necesario mencionar a los autores: Gonzalo Castellanos Trigo y Hermes Flores
- “El recurso de casación es un recurso extraordinario, porque no cabe, sino contra determinadas resoluciones
- (…) Dada su naturaleza jurídica, así como sus raíces históricas, la casación no es una
- Por lo mencionado, se debe aclarar que el recurso de casación debe expresar, con claridad
- Previamente resulta preciso señalar que, de acuerdo a los reclamos identificados y enumerados en el
- Exigencia legal que no fue considerada y menos advertida por la parte recurrente al momento
- Por lo expuesto, se advierte que de manera expresa se le atribuyó que debía demostrar
- Igualmente, resulta pertinente hacerle notar a la entidad recurrente que, el Contrato Modificatorio Nº 04/2015
- Conforme a la cita de la enciclopedia OMEBA, Tomo I, sobre los actos propios, se
- En ese sentido, dicha doctrina deriva de la aplicación del principio lógico de no contradicción,
- Este hecho importaría ir en contra de la Doctrina de los Actos Propios descrita, al
- Por consiguiente, en el presente caso y conforme lo anteriormente expuesto, los responsables del cumplimiento
- En ese sentido y como acertadamente estableció la Sentencia Nº 181/2018 de 26 de marzo,
- Bajo estos parámetros, este Tribunal concluye que al no ser evidentes los agravios denunciados en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas ni costos en todo el proceso, en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
