Con relación al segundo motivo, denuncia que existió defecto absoluto emergente de una arbitraria fundamentación
Con relación al segundo motivo, denuncia que existió defecto absoluto emergente de una arbitraria fundamentación y motivación del Auto de Vista confutado, que vulneró la garantía del debido proceso en su vertiente del derecho a una debida fundamentación y motivación, defecto que emergió del fundamento expuesto por el Tribunal de apelación al resolver el punto 3 del Tercer Motivo de la apelación restringida, que del análisis que hizo al Auto de Vista recurrido, acusa que los Vocales fundamentaron y motivaron su fallo en base a argumentos no reales y falsos, con falta de coherencia en relación a los cuestionamientos de su recurso, incurriendo en una motivación arbitraria que vulnera el debido proceso, al ignorar y no responder a los cuestionamientos e interrogantes que alegó en la interposición de su recurso de apelación restringida. Alega como defecto en el presente motivo de casación, que los argumentos y motivaciones vertidas por el Tribunal de alzada no corresponden a la verdad, cuando en su recurso de apelación cumplió y fundamentó todo lo que el Tribunal de alzada niega
- Por memorial presentado el 14 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Bajo el epígrafe, defecto absoluto emergente de la vulneración del derecho al debido proceso, en
- Señalando los motivos de su recurso de apelación restringida divididos en 5 puntos diferentes y
- Citando la vulneración del derecho al recurso e impugnación y al principio pro actione, como
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación a la temática planteada a momento de su fundamentación invocó como precedente contradictorio
- Sin embargo, el recurrente denuncia la existencia de un defecto absoluto emergente de la vulneración
- Con relación al segundo motivo, denuncia que existió defecto absoluto emergente de una arbitraria fundamentación
- Respecto al tercer motivo, acusa la vulneración del derecho al recurso e impugnación y al
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
