Auto Supremo AS/0330/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0330/2019

Fecha: 03-Abr-2019

Así planteado en recurso de casación en el fondo, debiendo responder a cada una de

Así planteado en recurso de casación en el fondo, debiendo responder a cada una de las transgresiones en las que, a juicio de los recurrentes, hubiere incurrido el juez Ad quem, en primer término debe tenerse presente que los demandantes formulan su demanda indicando que por más de cincuenta (50) años, se encuentran en posesión del inmueble sito en calle Lanza Nº 28, zona central de la ciudad de Potosí, inmueble adquirido por sucesión hereditaria de los abuelos a sus padres y de estos a los demandantes, tan evidente es que siempre estuvieron en posesión del inmueble en calidad de propietarios que otorgaron el bien inmueble en calidad de garantía hipotecaria por un crédito obtenido el Banco de Crédito de Bolivia S.A., agencia Potosí, institución que ante el incumplimiento del pago, procedió a embargar y rematar aquel inmueble, oportunidad en la que, las demandantes a fin de no perder el acervo hereditario obtuvieron del demandado Julio César Canaviri Barrancos un préstamo de $us 12.444 bajo dos condiciones, una, que debería cancelarse parte del crédito con un lote del terreno de propiedad de una de las demandantes y que entraría como postor al remate, para que, una vez adjudicado el inmueble, inscrita la transferencia en Derechos Reales y se cancele el resto del préstamo, se procedería a “devolverles” el inmueble, firmando la transferencia a su favor, extremo que jamás ocurrió, negándose a cumplir con lo pactado, por lo que demandan la usucapión del inmueble