De la revisión del recurso de casación, se observa que Mercedes Núñez, en lo trascendental
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
De la revisión del recurso de casación, se observa que Mercedes Núñez, en lo trascendental de dicho medio de impugnación reclama:
1. Denunció interpretación errónea y aplicación indebida de los arts. 452, 453, 485 y 1309 del Código Civil, donde el Auto de Vista tenía la obligación de pronunciarse sobre las pruebas aportadas al proceso, tanto de cargo como descargo, ya que el juez de la causa resolvió la sentencia sin fundamentos apartándose de las pruebas aportadas en juicio. Al respecto se tiene la literal de fs. 2, que contrastando con la documental de fs. 116 a 117 vta., en su cláusula tercera describe el objeto del contrato y ahí indica claramente las dimensiones que se vende
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
De la revisión del recurso de casación, se observa que Mercedes Núñez, en lo trascendental de dicho medio de impugnación reclama:
1. Denunció interpretación errónea y aplicación indebida de los arts. 452, 453, 485 y 1309 del Código Civil, donde el Auto de Vista tenía la obligación de pronunciarse sobre las pruebas aportadas al proceso, tanto de cargo como descargo, ya que el juez de la causa resolvió la sentencia sin fundamentos apartándose de las pruebas aportadas en juicio. Al respecto se tiene la literal de fs. 2, que contrastando con la documental de fs. 116 a 117 vta., en su cláusula tercera describe el objeto del contrato y ahí indica claramente las dimensiones que se vende
- Expediente: CH-68-18-S
- Partes: Mercedes Núñez c/ Santiago Núñez Villarrubia
- Proceso: Nulidad de transferencia
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- Finalmente sostuvo el Ad quem que la parte demandante en la apelación no fundamentó su
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Mercedes Núñez, en lo trascendental
- 2
- Petitorio
- De la respuesta al recurso de casación
- Peticionando a este Tribunal Supremo se declare infundado el recurso de casación con la imposición
- En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- III.1. Sobre el principio de comunidad de la prueba
- Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- El art
- Asimismo, el art
- De la relación normativa y doctrinal precedentemente efectuada, se conoce que las partes deben concurrir
- CONSIDERANDO IV
- Lo que corresponde a este Tribunal Supremo, es verificar si los reclamos del recurso de
- Ahora bien, se debe precisar que el proceso civil boliviano, instituye, entre otros el principio
- En ese entendido, lo que corresponde es realizar un examen de la Escritura Pública N°
- Por otro lado, de la interpretación de la aludida Escritura Pública N° 184/2002 efectuada por
- Consiguientemente la demandante no demostró las causales de los num
- Finalmente respecto a la literal de fs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
