Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0393/2019
Fecha: 18-Abr-2019
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Expediente: CH-68-18-S
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Partes: Mercedes Núñez c/ Santiago Núñez Villarrubia
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Proceso: Nulidad de transferencia
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Distrito: Chuquisaca
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CONSIDERANDO I
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Finalmente sostuvo el Ad quem que la parte demandante en la apelación no fundamentó su
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De la revisión del recurso de casación, se observa que Mercedes Núñez, en lo trascendental
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Petitorio
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De la respuesta al recurso de casación
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Peticionando a este Tribunal Supremo se declare infundado el recurso de casación con la imposición
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En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
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III.1. Sobre el principio de comunidad de la prueba
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Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
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El art
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Asimismo, el art
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De la relación normativa y doctrinal precedentemente efectuada, se conoce que las partes deben concurrir
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CONSIDERANDO IV
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Lo que corresponde a este Tribunal Supremo, es verificar si los reclamos del recurso de
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Ahora bien, se debe precisar que el proceso civil boliviano, instituye, entre otros el principio
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En ese entendido, lo que corresponde es realizar un examen de la Escritura Pública N°
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Por otro lado, de la interpretación de la aludida Escritura Pública N° 184/2002 efectuada por
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Consiguientemente la demandante no demostró las causales de los num
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Finalmente respecto a la literal de fs
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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