Auto Supremo AS/0412/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2019

Fecha: 24-Abr-2019

En materia de precedentes jurisprudenciales la manera correcta de su invocación debe ser en base

En materia de precedentes jurisprudenciales la manera correcta de su invocación debe ser en base a un precedente fáctico similar, es decir que los hechos en los cuales descansa el precedente jurisprudencia invocado deben encontrar analogía con el caso que se debate situación que ha de motivar que el precedente por el principio de universalidad sea vinculante al mismo Tribunal que la emitió, por su carácter horizontal, en el caso en cuestión el recurrente invoca los Autos Supremos N° 436/2017 y N° 437/2017, los cuales son inherentes a un caso de incumplimiento de obligación y resolución de contrato, es decir son acciones de carácter personal que tiene por fin observar el cumplimiento o no de las obligaciones, sin embargo en el caso de estudio nos encontramos frente a una acción de reivindicación que es de carácter netamente real, antecedentes que demuestran que no existe un cuadro de similitud con los citados precedentes, entonces al no existir analogía fáctica no corresponde ser entendidos o asimilados para el caso en cuestión como precedentes vinculantes de carácter horizontal, deviniendo en infundado su reclamo