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De la demandante
1.- Para dilucidar el problema jurídico planteado, se debe centrar el análisis en el periodo durante el cual se desarrolló la relación laboral, para lo cual se tiene que, la demandante indica haber trabajado desde el 2 de febrero de 2010 hasta el 26 de agosto de 2014, con una interrupción por temas de salud desde el 16 de febrero al 2 de mayo de 2013, mientras que la demandada indica que solamente se desarrolló la actividad laboral desde el 2 de mayo de 2013 al 26 de agosto de 2014
1.- Para dilucidar el problema jurídico planteado, se debe centrar el análisis en el periodo durante el cual se desarrolló la relación laboral, para lo cual se tiene que, la demandante indica haber trabajado desde el 2 de febrero de 2010 hasta el 26 de agosto de 2014, con una interrupción por temas de salud desde el 16 de febrero al 2 de mayo de 2013, mientras que la demandada indica que solamente se desarrolló la actividad laboral desde el 2 de mayo de 2013 al 26 de agosto de 2014
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducida por la demandada de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, tanto la demandada María Yolanda Tamayo de Nemtala
- Interpuestos ambos recursos de casación, se impugna el Auto de Vista bajo los siguientes argumentos
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- Finalmente, pide casar el Auto de Vista recurrido en base a los argumentos expuestos, declarando
- Los demás argumentos del recurso no se pueden considerar, por no contener fundamentos casacionales relevantes
- Por su parte, la demandante, habiendo sido legalmente notificada, ejerce su derecho a contestar el
- No se valora correctamente la prueba de cargo, cursante de fs
- Finalmente, pide casar el Auto de Vista recurrido en base a los argumentos expuestos, manteniendo
- Por su parte, la demandada, habiendo sido legalmente notificada, no ejerce su derecho a contestar
- -De la valoración de la prueba
- -De la carga probatoria
- Textualmente estos artículos señalan: artículo 3
- Planteados los argumentos expuestos en los recursos de casación presentados, se debe considerar lo siguiente
- En el caso de autos, la recurrente denuncia que el Auto de Vista no se
- Como consecuencia del nuevo cálculo de beneficios sociales realizado en el presente proceso, se determina
- En el caso de autos, la desvinculación laboral se dio en fecha 19 de agosto
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- Primero vamos a enumerar los principios que deben aplicarse al caso concreto, como son: el
- Basados en los principios descritos, se debe compulsar la prueba aportada por las partes, de
- Con referencia al salario promedio indemnizable, la demandada indica que éste ha sido determinado en
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
